El Gobierno extendió cuatro modalidades de ayudas por cese de actividad para los autónomos hasta el próximo 31 de enero. Sin embargo, no todas se pueden cobrar durante el mismo tiempo.
El pasado mes de octubre, el Gobierno puso en marcha cuatro nuevas modalidades de cese de actividad, que cubren diferentes circunstancias en las que se podrían encontrar los autónomos en los próximos meses. Según los últimos datos de la Seguridad Social, son más de 256.000 trabajadores por cuenta propia los que están acogidos actualmente a alguna de estas ayudas.
De ahora en adelante, los autónomos pueden acceder a un total de tres prestaciones extraordinarias: para autónomos de temporada, en tarifa plana o que se hayan visto obligados a cerrar el negocio. Además, también se extendió la Prestación Ordinaria Extraordinaria por cese de actividad (POECATA), que es compatible con el desarrollo del negocio y que va dirigida a aquellos autónomos que prevean grandes caídas en la facturación durante el cuarto trimestre de 2020.
En principio, la norma marca que las cuatro ayudas estarán en vigor hasta el próximo 31 de enero. Sin embargo, esto no significa que el autónomo pueda percibir estas prestaciones hasta esa fecha. Cada una de las modalidades de cese de actividad cuentan con diferentes plazos de solicitud y periodos en los que el trabajador por cuenta propia tiene derecho a cobrar la prestación.
Plazos de las diferentes prestaciones por cese de actividad
El artículo 13 del Real decreto ley 30/2020 regula dos de las tres prestaciones extraordinarias que ahora mismo están en vigor: el cese de actividad a raíz del cierre decretado del negocio y el cese de actividad para autónomos que, por sus cotizaciones, no cumplan los requisitos para acceder a la prestación ordinaria extraordinaria (POECATA).
Aunque con ambas prestaciones se cobraría lo mismo -por lo general, un 50% de la base mínima-, los plazos de solicitud y el tiempo en el que el autónomo puede percibir estas dos ayudas, son diferentes.
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