Las sociedades limitadas se inscribirán por el registrador mercantil en seis horas.
Desde noviembre, los ciudadanos y, sobre todo, las empresas tendrán la opción de realizar telemáticamente numerosos actos jurídicos y contratos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse.
La aprobación en mayo de una ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales, permitirá que tras su entrada en vigor (el nueve de noviembre) estos fedatarios públicos puedan llegar a autorizar y firmar por vía online más de 3.200.000 documentos al año, aseguran desde el Consejo General del Notariado (CGN).
Por primera vez en la historia, los fedatarios podrán autorizar actos jurídicos telemáticamente y se permitirá la circulación electrónica de documentos públicos tanto en el ámbito europeo como en el iberoamericano.
La autorización y firma de estos documentos se llevará a cabo en la sede electrónica notarial mediante el uso de videoconferencia y firma electrónica cualificada. De esta forma, para realizar ciertos trámites ya no será necesario acudir a una de las casi 3.000 notarías repartidas por todo el territorio.
Tráfico mercantil
La reforma normativa impulsará el otorgamiento telemático de casi todas las escrituras de contenido mercantil y de las pólizas o contratos comerciales y financieros que expiden ciertas entidades en el tráfico habitual con sus clientes.
En cuanto a la autorización de actos jurídicos por vía íntegramente online, María Teresa Barea, portavoz del Notariado, estima que la aplicación de la norma “será plena entre finales de este año y principios del siguiente”. No obstante, desde noviembre, la videoconferencia será muy habitual en la firma telemática ante notario para contratos de crédito o préstamos que los bancos conceden a sus clientes, leasing y financiación de vehículos, avales, descuento, etcétera.