Novedades en los impuestos de sociedades 2023

El Impuesto sobre Sociedades es un impuesto que grava los beneficios que obtiene una empresa. Se aplica también a sociedades civiles con objeto mercantil, asociaciones y así como a fundaciones.

Lo determina la contabilidad la cual arrojará un resultado contable positivo o bien negativo de la sociedad.

Para los autónomos que hayan creado una sociedad, normalmente sociedades limitadas, es un impuesto importante que deben tener en cuenta si bien es cierto que el primer año de beneficios tributaran al 15 % de impuestos de sociedades.

Novedades en los impuestos de sociedades 2023

Nuevo tipo de gravamen reducido (23%)

Se reduce del Impuesto de Sociedades del 25% al 23%, principal novedad fiscal incluidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de este año 2023.

A partir del 1 de enero 2023 con carácter indefinido, las sociedades que en el año anterior hayan facturado menos de un millón tendrán un tipo reducido del 23% en vez del 25%.

La Ley 31/2022, en el artículo 68, modifica y amplía el apartado 1 del artículo 29 de la Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades, resultado actual en los siguientes términos:

Artículo 68. Tipo de gravamen reducido.

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida se modifica el apartado 1 del artículo 29 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que queda redactado de la siguiente forma:

«1. El tipo general de gravamen para los contribuyentes de este Impuesto será el 25 por ciento, excepto para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros que será el 23 por ciento.

A estos efectos, el importe neto de la cifra de negocios se determinará con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 101 de esta ley.

No obstante, las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, al tipo del 15 por ciento, excepto si, de acuerdo con lo previsto en este artículo, deban tributar a un tipo inferior.

A estos efectos, no se entenderá iniciada una actividad económica:

  1. Cuando la actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas en el sentido del artículo 18 de esta ley y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
  2. Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 %. No tendrán la consideración de entidades de nueva creación aquellas que formen parte de un grupo en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas.

Los tipos de gravamen del 23 % y del 15 % previstos en este apartado no resultarán de aplicación a aquellas entidades que tengan la consideración de entidad patrimonial, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 5 de esta ley.»

Tipos impositivos del impuesto sobre sociedades en 2023

Para poder localizar la cuota íntegra hay que aplicar el tipo de gravamen que pertenezca a la Base Imponible según el tipo de entidad.

  • 25% tipo de gravamen general: el que se aplica a sociedades anónimas y sociedades limitadas.
  • Gravamen especial:
  • Microempresas, pymes y entidades de reducida dimensión, 23%: introducido el 1 de enero de 2023, para las entidades y sociedades que su cifra de negocios en el año anterior haya sido menor a 1 millón de euros.
  • Sociedades de nueva creación, salvo las que tengan que tributar a un tipo inferior, 15%
  • Cooperativas fiscales protegidas, 20%
  • Entidades sin fines lucrativos que utilicen el régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002, 10%
  • Sociedades, Fondos de Inversión y Fondos de activos bancarios, 1%