A partir del 1 de septiembre de 2026, la Sede Electrónica de la Seguridad Social será el medio obligatorio y exclusivo para recibir notificaciones y comunicaciones de bajas médicas, incapacidades permanentes o lesiones no incapacitantes, eliminando el envío de cartas en papel.

¿A quién afecta este cambio?

  • Solicitantes y perceptores de prestaciones por incapacidad temporal (baja médica).
  • Personas con expedientes o comunicaciones sobre incapacidad permanente.
  • Afectados por expedientes de lesiones permanentes no incapacitantes.

Claves del nuevo sistema

  • Fin del correo postal: Las resoluciones, requerimientos y citaciones ya no llegarán en carta física al domicilio.
  • Plazo de lectura: Se dispondrá de 10 días naturales para acceder a la
    notificación en la Sede Electrónica desde su puesta a disposición.
  • Notificación táctica: Transcurridos esos 10 días sin abrirla, el sistema dará la notificación por efectuada o rechazada, empezando a correr los plazos legales para posibles recursos o trámites.

Acceso telemático

  • Método de acceso: Tener operativo un sistema de identificación digital como Cl@ve o Certificado Digital.
  • Revisión de datos: Actualizar el teléfono móvil y el correo electrónico a través de la plataforma Importass para recibir avisos informativos (aunque el aviso no sustituye a la notificación ofical).

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