El Ministerio de Hacienda ha modificado los plazos de aplicación de las obligaciones pendientes para los empresarios y profesionales derivadas del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) y convergencia con el sistema de factura electrónica.
En concreto, con el objetivo de favorecer la máxima convergencia posible entre los sistemas de facturación electrónica y el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (VERIFACTU), tanto desde el punto de vista normativo como técnico, se ha considerado conveniente alinear los calendarios de implantación de la normativa de facturación electrónica para pymes y autónomos y del Reglamento de sistemas informáticos de facturación y, por tanto, proceder al aplazamiento de las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones €.
Recordamos que el sistema Verifactu, impulsado en 2023, busca la digitalización de los procesos de facturación en las empresas y autónomos. Inicialmente la medida se planteó para 2025, pero se ha aplazado en distintas ocasiones para dar margen de adaptación a los afectados.
El objetivo principal es unificar la entrada de la facturación digital, asegurando que los sistemas informáticos cumplan simultáneamente con la Ley Crea y Crece (facturación electrónica obligatoria entre empresas) y el Reglamento VERIFACTU (prevención del fraude fiscal).
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