Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-ley 4-2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.

Desde el martes 1 de octubre de 2024, se pone fin a la rebaja fiscal implantada por el Gobierno de suprimir el IVA de los alimentos básicos.

Quedando de este modo el tipo impositivo aplicable hasta el 30 de diciembre de 2024:

 

 

Hasta 30 de septiembre

Desde 1 de oct. a 31 dic

PAN

0%

2%
HARINAS PANIFICABLES

0%

2%

LECHE ANIMAL

0%

2%

QUESOS

0%

2%

HUEVOS

0%

2%

FRUTAS, VERDURAS Y HORTALIZAS

0%

2%

LEGUMBRES, TUBERCULOS Y CEREALES

0%

2%

ACEITE DE OLIVA

0%

2%

ACEITES DE SEMILLA

5%

7,5%

PASTAS ALIMENTICIAS

5%

7,5%

 

Con efecto desde el 1 de enero de 2025, el artículo 2 del Real Decreto-ley 4/2024 modifica el artículo 91.Dos. 1. 1º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para incluir el aceite de oliva entre los productos alimenticios básicos que tributan al tipo reducido del 4%

 

Conclusión: LA CESTA DE LA COMPRA VOLVERA A SUBIR DESDE EL MARTES 1 DE OCTUBRE

 

 

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