Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-ley 4-2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.
Desde el martes 1 de octubre de 2024, se pone fin a la rebaja fiscal implantada por el Gobierno de suprimir el IVA de los alimentos básicos.
Quedando de este modo el tipo impositivo aplicable hasta el 30 de diciembre de 2024:
|
Hasta 30 de septiembre |
Desde 1 de oct. a 31 dic |
|
| PAN |
0% |
2% |
| HARINAS PANIFICABLES |
0% |
2% |
| LECHE ANIMAL |
0% |
2% |
| QUESOS |
0% |
2% |
| HUEVOS |
0% |
2% |
| FRUTAS, VERDURAS Y HORTALIZAS |
0% |
2% |
| LEGUMBRES, TUBERCULOS Y CEREALES |
0% |
2% |
| ACEITE DE OLIVA |
0% |
2% |
| ACEITES DE SEMILLA |
5% |
7,5% |
|
PASTAS ALIMENTICIAS |
5% |
7,5% |
Con efecto desde el 1 de enero de 2025, el artículo 2 del Real Decreto-ley 4/2024 modifica el artículo 91.Dos. 1. 1º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para incluir el aceite de oliva entre los productos alimenticios básicos que tributan al tipo reducido del 4%
Conclusión: LA CESTA DE LA COMPRA VOLVERA A SUBIR DESDE EL MARTES 1 DE OCTUBRE
Foto RawPixel