El Consejo de Ministros ha aprobado con fecha 12 de febrero, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Real Decreto por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2025.

Éste se incrementará un 4,4% respecto al año anterior. Supone, por tanto, una percepción de 700 euros anuales más que la establecida en la cuantía anterior.

Con esta medida, el salario mínimo pasa de 1.134 euros a 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas, beneficiando a 2,5 millones de trabajadores en el país.

La medida entrará en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025.

Para los trabajadores con el SMI prorrateado en 12 pagas, el salario bruto mensual ascenderá a 1.381,33 euros.

Cuantías

Las cuantías que tendrá el SMI en el año 2025 a partir del 1 de enero serán las siguientes:

  • SMI diario: 39,47 euros.
  • SMI mensual: 1.184 euros.
  • SMI anual: 16.576 euros.
  • SMI empleados de hogar, por hora efectivamente trabajada: 9,26 euros.
Incidencia de la medida

Unos 2,4 millones de personas trabajadoras se benefician, de manera directa, del incremento de la cuantía. El 65,8% (1.579.000) del total son mujeres.

El 26,8% de los y las perceptoras son personas jóvenes, de entre 16 y 24 años.

Por sectores, el 31% de las personas beneficiarias pertenecen al sector agrícola, 14,3% a los Servicios, 5,9% a la Industria y 3,4% a la Construcción.

Novedades respecto al IRPF

En años anteriores, con la subida del SMI, Hacienda iba adaptando el mínimo exento del IRPF para minorar el recargo fiscal que sufrían las rentas más bajas. Por ejemplo, en el año 2024, se aumentó el mínimo exento desde los 15.000 a los 15.876 euros para adaptarlo así al SMI aprobado para ese año.

Para el año 2025, el Ministerio de Hacienda mantendrá la tabla de retenciones del IRPF lo que implica que con la aprobación del nuevo SMI un número elevado de trabajadores estarán obligados a tributar el IRPF por primera vez.

La Comisión de Expertos del SMI en su informe emitido ha determinado que aproximadamente medio millón de personas trabajadoras, la mayoría, solteras y sin cargas, en su gran mayoría jóvenes, pagarán IRPF en 2025.

Estas personas solteras sin descendientes o ascendientes deducibles a efectos del cálculo de las retenciones pagarán 300,05 euros al año (21,4 euros/mes, supuestas 14 pagas). Para estas personas, el tipo de retención del IRPF será de un 2% aproximadamente.

Por su parte, un contribuyente con pareja y que tiene un hijo mayor de tres años tendrá una retención de 99 euros al año aproximadamente. Sin embargo, un contribuyente con pareja y que tiene un hijo menor de tres años tampoco sufrirá ninguna retención en el IRPF.

A continuación, os detallamos los tramos:

  • Desde 0 a 12.450 euros: retención del 19%.
  • Desde 12.450 a 20.199 euros: retención del 24%.
  • Desde 20.200 a 35.199 euros: retención del 30%.
  • Desde 35.200 a 59.999 euros: retención del 37%.
  • Desde 60.000 a 299.999 euros: retención del 45%.
  • Más de 300.000 euros: retención del 47%.

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