Queremos infórmale de los nuevos incentivos para contratación laboral de la Junta de Andalucía. Están recogidos en varias líneas de ayudas como pueden ver en este resumen, que vienen a subvencionar los contratos laborales indefinidos que realicen los autónomos y las pymes en Andalucía, bajo el marco del nuevo (Programa Emplea-T), una nueva convocatoria de ayudas para incentivar la contratación.

En concreto las ayudas se dirigen a aquellas contrataciones indefinidas realizadas por personas trabajadoras autónomas y pymes en Andalucía desde el día 1 de enero de 2026 hasta el día 30 de junio de 2026

Las subvenciones contempladas en esta línea tienen como objeto incentivar la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa de las personas trabajadoras mayores de 30 años de edad.

Será subvencionable aquella conversión del contrato indefinido ordinario a jornada parcial en jornada completa que se produzca en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2026 y el día final del plazo de presentación de solicitudes.

Cuantías

Las cuantías de las subvenciones oscilan entre los entre los 7.500 euros, hasta 10.000 euros, en función de los tipos de contratos y el colectivo al que pertenezca la persona contratada.

– 7.500 euros, por la conversión a contratación indefinida ordinaria a jornada completa.

Esta cuantía se verá incrementada en 1.000 euros adicionales, cuando la persona
contratada sea mujer.

– 10.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios realizados con personas que
tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Esta cuantía se verá incrementada en 1.000 euros adicionales, cuando la persona
contratada sea mujer.

Forma de pago

La secuencia en la que se efectuarán los pagos será la siguiente:

a) Un primer pago en firme por importe del 50% de la subvención concedida, en el momento de la resolución de concesión, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos.

b) Un segundo pago en firme por importe del 50% restante de la subvención concedida, que se ordenará una vez comprobado el cumplimiento de la obligación de mantenimiento de la contratación indefinida ordinaria durante doce meses desde el inicio de la relación laboral.

Requisitos para ser beneficiario
  • Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía.
  • Alta en la Seguridad Social o Mutualidad profesional correspondiente.
  • Mantenimiento de la contratación indefinida ordinaria subvencionada
    durante un período mínimo de 24 meses desde la conversión a tiempo completo de la relación laboral.
  • Incremento neto en la plantilla fija de la persona solicitante en el periodo
    comprendido desde los tres meses anteriores y el día de la conversión a tiempo completo de la relación laboral.
  • Mantener el incremento neto en la plantilla fija a los tres meses siguientes
    desde la conversión a tiempo completo de la relación laboral.
Exclusiones

Quedan excluidas las siguientes contrataciones:

  1. Las formalizadas con personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido en los seis meses anteriores al inicio del contrato a incentivar con la misma persona solicitante o perteneciente al mismo grupo de empresas.
  2. Las que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de la persona trabajadora autónoma o de la persona titular de la empresa
  3. Las realizadas por empresas de trabajo temporal.
  4. Las de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de
    administración de las empresas.
  5. Las relaciones laborales de carácter especial recogidas en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  6. Las realizadas por los centros especiales de empleo y empresas de inserción.
  7. Las formalizadas en la modalidad de fijos discontinuos.
Compatibilidad

Las subvenciones que se reciban al amparo de la presente orden serán compatibles entre sí y con otras subvenciones, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, siempre que no estén destinadas a financiar los mismos costes subvencionables.

Plazo de solicitud

El plazo de solicitud estará abierto hasta el próximo día 30/06/2026.

Cómo solicitar la ayuda

Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios publicados en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria, y que estarán disponibles en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía.

En Fórmula Gestión le ofrecemos la posibilidad de encargarnos de la tramitación de la subvención, previo estudio de cumplimiento de los requisitos exigidos.

En el caso de estar interesado agradeceríamos nos lo comunique en el siguiente
correo electrónico a laboral@formulagestion.com.